Visa de Trabajo en la Ciudad del Saber Panama

Visa de Trabajo para la Ciudad del Saber


International Relocation Firm, le ofrece los servicios de asesoría y asistencia en el proceso de solicitud de Visa para los empleados de la Ciudad del Saber.

Este programa de Visa de Trabajo, le permite a los inversionistas extranjeros obtener el permiso de trabajo para los empleados de su compañía en Panamá con la condición de arrendar una oficina o un edificio dentro de las instalaciones de la Ciudad del Saber de Panamá (ubicada dentro del antiguo asentamiento militar Fuerte Clayton), con la finalidad de operar su negocio desde Panamá.

A partir de la reversión de las Bases Militares Norteamericanas en Panamá, el Gobierno Panameño ha designado parte del Fuerte Clayton como la Ciudad del Saber de Panamá, en un intento por atraer inversiones y negocios extranjeros, ofreciendo beneficios fiscales similares a los que existen en la Zona Libre de Colón (El segundo centro de distribución más grande del mundo).

Algunos negocios operados desde la Ciudad del Saber de Panamá, tienen distintas ventajas fiscales al operar, tal es el caso de las plantas manufactureras, plantas de ensamblaje, instalaciones de creación y desarrollo de software, centros de llamadas y otros negocios dedicados a la exportación de productos y servicios. Estos negocios obtienen también un porcentaje de rebaja sustancial del pago de impuestos sobre las ventas de sus productos y servicios realizadas localmente.

Los inversionistas que ingresen a Panamá en calidad de investigadores, profesores, empresarios, técnicos o estudiantes con el propósito de contribuir al desarrollo de algún proyecto en la Fundación de Ciudad del Saber de Panamá, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley 6 de 1999, estaría en capacidad de solicitar ésta modalidad de permiso de trabajo en Panamá.

APLICANDO COMO INVESTIGADOR DE LA FUNDACION DE LA CIUDAD DEL SABER DE PANAMA.

Adicional a los requerimientos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para los numerales 2 y 4), el solicitante debe entregar la siguiente documentación:

  • Certificación emitida por el Director Ejecutivo de la Fundación de la Ciudad del Saber de Panamá, certificando la existencia de la empresa donde labora el solicitante, la función o trabajo que el extranjero realiza y el término de la estadía en Panamá.
  • Carta de responsabilidad emitida por la empresa, certificando la actividad realizada por el investigador e informando el salario percibido por el mismo.
  • Constancia de afiliación al Seguro Social, así como la copia del carnet del seguro social.

APLICANDO COMO DOCENTE DE LA FUNDACION DE LA CIUDAD DEL SABER DE PANAMA

Adicional a los requerimientos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008, (Excepto para los numerales 2 y 4), el solicitante deberá entregar la siguiente documentación:

  • Certificación o documentación emitida por el País de origen que muestre o refleje su idoneidad, donde se acredite o verifique su condición de Docente.
  • Certificación emitida por el Director Ejecutivo de la Fundación de la Ciudad del Saber de Panamá, verificando la existencia del Centro de Estudios, así como las funciones o trabajo realizado por el solicitante y el término de su estadía en Panamá.
  • Carta de responsabilidad emitida por el Centro de Estudios, haciendo constar la actividad docente del solicitante y que refleje el salario devengado.
  • Constancia de Afiliación al Seguro Social, así como la copia de la Tarjeta del Seguro Social.

APLICANDO COMO EMPRESARIO O EJECUTIVO DE LA FUNDACION DE LA CIUDAD DEL SABER DE PANAMA

Además de los requisitos básicos establecido en el artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para los numerales 2 y 4), el solicitante deberá entregar los siguientes documentos:

  • Certificación emitida por el Director Ejecutivo de la Fundación de la Ciudad del Saber de Panamá, haciendo constar la existencia del negocio, el cargo, trabajo desempeñado y el término de su estadía en Panamá.
  • Carta de responsabilidad emitida por la casa matriz dando constancia de la actividad que desarrollará el ejecutivo de la empresa en la Ciudad del Saber y que conste no ejercerá ninguna otra actividad en una empresa distinta en territorio panameño, así como el término de su estadía en Panamá.
  • Comprobante de afiliación del Seguro Social y copia del carnet del Seguro Social.

APLICANDO COMO TECNICO EN LA FUNDACION DE LA CIUDAD DEL SABER DE PANAMA

Adicional a los requerimientos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para los numerales 2 y 4), el solicitante deberá entregar los siguientes documentos:

  • Carta de responsabilidad emitida por la empresa, así como la información del salario percibido por el solicitante.
  • Certificación emitida por el Director Ejecutivo de la Fundación de la Ciudad del Saber, certificando la existencia del negocio, el trabajo desempeñado y el término de su estadía en Panamá.
  • Permiso de trabajo y copia de la tarjeta.
  • Comprobante de afiliación en el Seguro Social y copia del carnet del Seguro Social.

APLICANDO COMO ESTUDIANTE DE LA FUNDACION DE LA CIUDAD DEL SABER DE PANAMA

Adicional a los requerimientos básicos establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para los numerales 2 y 4), el solicitante deberá entregar los siguientes documentos:

  • Certificación original autenticada emitida por la Fundación de la Ciudad del Saber, haciendo constar la existencia del Centro de Estudios.
  • Certificación emitida por el Centro de Estudios en la cual se haga constar que el solicitante cursa estudios a tiempo completo y que ha aprobado en buenos términos sus cursos.

Para solicitar una prórroga el solicitante deberá entregar:

  • Certificación emitida por el Centro de Estudios, donde se haga constar que el solicitante es un alumno regular a tiempo completo y ha aprobado los cursos de los años previos.

Los créditos de las asignaturas cursadas pueden constituirse en una prueba de que el solicitante es un estudiante regular y revela el record académico de los años cursados.

PROCEDIMIENTO PARA APLICAR POR UN VISA DE TRABAJO EN PANAMA

  • Proveer todos los documentos requeridos y firmar un poder especial a un abogado de nuestra firma legal para manejar toda su documentación y asistirlo en el trámite.
  • Nuestra firma presentará su solicitud para aplicar a un permiso de trabajo por 2 años bajo el Programa de Ciudad del Saber de Panamá. Se le emitirá una tarjeta de inmigración temporal válida por tres (3) meses Durante estos tres meses El Servicio Nacional de Migración procesara su Visa para obtener el permiso de trabajo por 2 años. Transcurridos 3 meses, usted recibirá un nuevo carnet de permiso de trabajo válido por 2 años.
  • Una vez que el permiso de trabajo otorgado por dos (2) años expire, nuestra firma de abogados entregara una nueva solicitud para extender el permiso de trabajo en Panamá por un máximo de 2 años más.

Como parte del proceso, es necesario que realice una visita corta a Panamá para solicitar la visa para obtener el permiso de trabajo.

Tenga en cuenta que el Servicio Nacional de Migración requiere que el solicitante de cualquier tipo de visa se encuentre presente físicamente al momento de aplicar por su solicitud.

El Servicio Nacional de Migración no permitirá la visita de solicitantes vistiendo pantalones cortos, camisetas o sandalias.

Una vez que su visa sea aprobada, planifique visitar Panamá por un período de al menos dos (2) semanas, debido a que su pasaporte le será retenido por un lapso de cinco (5) días hábiles, mientras se insertan los sellos oficiales y la información de la visa en su interior.

PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL PERMISO DE RESIDENCIA TEMPORAL EN PANAMA

  1. Registro del Pasaporte en Inmigración.
  2. Presentar la solicitud con todos los documentos requeridos a Inmigración con los comprobantes de pago de los honorarios gubernamentales y el depósito de repatriación (Si aplica)
  3. El Servicio Nacional de Migración emite a favor del solicitante un permiso provisional de residencia por un lapso de tres (3) meses y la Visa de Múltiples Entradas y Salidas.
  4. El Servicio Nacional de Migración emite a favor del solicitante la Visa de Residencia Temporal por dos (2) años. (Los pasos 3 y 4 se repetirán cada vez que haya lugar a la renovación de la Visa de Residencia Temporal).

DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA SOLICITAR EL PERMISO DE TRABAJO EN PANAMA

  1. Fotocopia del pasaporte vigente del solicitante y sus dependientes (Si aplica), incluyendo la página que muestra la fotografía, el nombre, la fecha de nacimiento, el número del pasaporte, lugar de emisión, etc.; así como de las páginas donde se registran los sellos de entradas y salidas de los distintos países visitados.
  2. Certificado original de antecedentes penales emitido por la autoridad policial del País de residencia del solicitante y dependientes (Si aplica), debidamente notariado y autenticado por el Consulado Panameño más cercano a Usted.
  3. Certificado de Nacimiento original de los hijos dependientes del solicitante principal (Si aplica), debidamente notariado y autenticado por el Consulado Panameño más cercano a Usted.
  4. Certificado de Matrimonio original del solicitante y su cónyuge (Si aplica), el cual deberá ser notariado y autenticado por el Consulado Panameño más cercano a Usted.
  5.  Seis (6) fotografías tamaño pasaporte del solicitante y sus dependientes (Si aplica)
  6. Certificado de buena salud emitido por una clínica u hospital panameño, debidamente firmado por un médico con licencia registrada, el cual deberá indicar que el solicitante principal y sus dependientes (Si aplica), no poseen enfermedades contagiosas y que gozan de buena salud mental y física. Este informe médico deberá ser realizado durante su visita inicial a Panamá
  7. Certificado emitido por la Fundación de la Ciudad del Saber de Panamá, certificando que el solicitante guarda relación con una empresa localizada y registrada en la Ciudad del Saber.

DOCUMENTOS QUE International Relocation Firm LE PROPORCIONARÁ

  1. Poder especial otorgado a un abogado de nuestra firma debidamente firmado por el solicitante y sus dependientes (Si aplica), autorizando a nuestra firma a procesar la solicitud de inmigración y los documentos solicitados.
  2. Carta de responsabilidad firmada por el solicitante, en la cual el solicitante asume la responsabilidad de cada uno de sus dependientes económicos (Si aplica)

Por favor tenga en cuenta que el solicitante y los dependientes (Si aplica) de cualquier tipo de visa de inmigración en Panamá deberán estar presente físicamente en las oficinas del Servicio Nacional de Migración al momento de entregar la solicitud.

Una vez que sea aprobada la Visa de Inmigración, por favor planifique visitar Panamá por un lapso de al menos dos (2) semanas, debido a que le será retenido su pasaporte por un lapso de cinco (5) días hábiles para insertar los sellos oficiales de Inmigración y la información de la Visa en su interior.

HONORARIOS DE International Relocation Firm

Para solicitante principal

Etapa 1.-

  • Honorario por servicios legales para trámite de Visa de Trabajo por dos (02) años en Panamá: Tres mil Dólares Americanos (US$3000)
  • Impuestos Gubernamentales y otros gastos:
    • Tesoro Nacional: Doscientos cincuenta Dólares Americanos (US$250)
    • Depósito de Repatriación: Ochocientos Dólares Americanos (US$800). (Los cuales serán reembolsados una vez que se apruebe la residencia permanente.)
  • Otros cargos: Trescientos cincuenta Dólares Americanos (US$350)

Total Importe del Gobierno y Depósito de Repatriación: Mil cuatrocientos Dólares Americanos (US$1400)

Para dependientes (Cónyuges e Hijos menores de 18 años)

Etapa 1.-

  • Honorario por servicios legales para trámite de Inmigración de Visa de Residencia Temporal en Panamá: Mil quinientos Dólares Americanos (US$1500)
    • Impuestos Gubernamentales y otros gastos:
    • Tesoro Nacional: Doscientos cincuenta Dólares Americanos (US$250)
    • Depósito de Repatriación: Ochocientos Dólares Americanos (US$800). (Los cuales serán reembolsados una vez que se apruebe la residencia permanente.)
  • Otros cargos: Trescientos cincuenta Dólares Americanos (US$350)

Total Importe del Gobierno y Depósito de Repatriación: Mil cuatrocientos Dólares Americanos (US$1400)

Si Usted está interesado en reubicarse o en obtener la residencia en Panamá, por favor contacte nuestra firma International Relocation Firm y gustosamente le brindaremos una consulta personalizada.


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