Nadie quiere dejar a su mascota favorita atrás. Si Usted está planeando mudarse a Panamá como residente, o simplemente desea tener una larga estadía en calidad de turista, puede traer su mascota favorita. Panamá, al igual que la mayoría de los países, permite la posibilidad de que Usted traiga su mascota, siempre y cuando se cumpla con algunas reglas estrictas en ésta materia.
A continuación le presentamos un resumen de la Inmigración en Panamá, las leyes relativas a la salud y las regulaciones respecto a los animales domésticos.
REQUISITOS DE INMIGRACION EN PANAMA PARA ANIMALES DOMESTICOS
Para gatos y perros
- Certificado de Vacunación proporcionado por su médico veterinario, haciendo constar que su mascota no posee rabia. La última inyección debe ser de al menos 30 días y no más de 12 meses antes de ingresar a Panamá.
- Certificado de salud emitido por un médico veterinario, haciendo constar que su mascota se encuentra libre de enfermedades, el cual debe ser emitido en los últimos 10 días previos al viaje.
- Los certificados de salud y vacunación deben ser certificados por el USDA, quienes poseen oficinas a lo largo del Territorio de los Estados Unidos de Norteamérica.
- Estos certificados emitidos por los médicos veterinarios y por el USDA, deben ser luego autenticados por la Embajada o Consulado Panameño o apostillado por el Gobierno de los Estados Unidos o el Secretario de Estado. Usted también podrá enviarlos a la embajada o consulado de Panamá más cercano por mensajería con el sobre de retorno y un cheque por Treinta ($30) Dólares Americanos para el pago de sus honorarios.
- Certificado de origen haciendo constar el lugar de nacimiento de su mascota.
- Completar el Formulario de Importación. (Usted podrá conseguirlo en el Departamento de Salud del Aeropuerto de Panamá o en el Departamento de Cuarentena)
- El Departamento de Salud del Aeropuerto de Panamá revisará los documentos y hará un chequeo de su mascota. El servicio veterinario estará disponible en el Aeropuerto solamente entre semanas en el horario comprendido entre las 9:00am a las 03:00pm y de 07:00pm a las 10:00pm. Si su vuelo arriba a Panamá durante el fin de semana o en el horario en que no estén prestando sus servicios los médicos veterinarios, usted podrá realizar los arreglos para que el médico veterinario se presente al momento de su arribo. Estos arreglos deben ser canalizados a través del Ministerio de Salud de Panamá o a través del Ministerio de Agricultura de Panamá. En éste caso deberá pagar un honorario adicional por requerir la presencia de un médico veterinario fuera de su horario de servicio. Si usted no está dispuesto a realizar tales arreglos, entonces deberá dejar su mascota en las Instalaciones del Aeropuerto hasta que el médico Veterinario se encuentre de turno.
- Si su mascota se encuentra en cuarentena, deberá pagar una suma de Diez ($10) Dólares por cada día al Ministerio de Salud de Panamá, durante los cuarenta (40) días.
- La opción de Hogar en Cuarentena en Panamá, es una alternativa que disponen las personas cuyas mascotas deben permanecer dentro de su hogar, sin salir durante los cuarenta (40) días correspondientes y el costo de ello sería de Ciento treinta ($130) Dólares. Este requerimiento debe ser hecho al Ministerio de Salud de Panamá con una antelación de al menos catorce (14) días previos a su arribo a Panamá. El requerimiento debe incluir fecha de llegada, número del vuelo, horario, información de la mascota, nombre y número del pasaporte del dueño y la duración de la estadía de la mascota en Panamá.
- Se deben pagar Ciento cuarenta y seis ($146) Dólares Americanos por gastos de Cuarentena en el Banco Nacional de Panamá, localizado en el primer piso del Aeropuerto Internacional de Tocumen en un horario comprendido entre las 06:00am y las 10:00pm.
- Deberá presentar el recibo del banco, así como el resto de la documentación a el médico veterinario que se encuentre en el Departamento de Cuarentena en el Aeropuerto Internacional de Tocumen en Panamá con el fin de recuperar a su mascota.
MASCOTAS EXOTICAS (Aves, Réptiles, etc.)
- Certificado Sanitario suministrado por un Médico Veterinario.
- Autorización de Exportación emitida por la CITES (Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna). Su veterinario debe referirlo a la agencia correspondiente en su país para ponerlo en contacto con ellos.
- Carta de solicitud dirigida al Director de Patrimonio Nacional y la Autoridad Nacional del Ambiente.
Telf: 507 500-0855. Esta carta deberá incluir la siguiente información:
- Nombre de la especie (Nombre común o nombre científico), edad, otra información relevante.
- País de exportación.
- Panamá como País de importación.
- Certificado Sanitario y Autorización emitida por la CITES
La Autoridad Nacional del Ambiente le proporcionará una autorización de importación, la cual deberá ser enviada al:
Departamento de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, cuyo director es el Sr. Cesar Maure, y el cual podrá contactado a través de la dirección de email: cmaure@mida.gob.pa y por el número telefónico en el Aeropuerto Internacional de Tocumen: 507- 238-4234.
Este departamento le proporcionará el permiso de importación de mascotas, el cual deberá ser presentado en el aeropuerto cuando su mascota arribe y ellos determinarán si su mascota deberá permanecer en cuarentena. Las aves adultas generalmente deberán permanecer en cuarentena por un lapso de 15 días. Esta información será útil en el caso en que Usted requiera usar los servicios de la casa de cuarentena.
Su Veterinario es la Clave: Como podrá darse cuenta, la mayoría de los documentos a entregar de sus mascotas deben ser proporcionados por su médico veterinario. Mientras sus mascotas hayan sido vacunadas adecuadamente, desinfectadas, saludables y se proporcione los datos de su nacimiento, Usted no debería encontrar ningún tipo de problema con los oficiales de Migración y Salud de Panamá.
Mascotas Exóticas requieren mayor documentación: En Panamá podrá existen hermosas y exóticas especies de aves y reptiles y cuya protección es una prioridad para el Estado. Su médico veterinario podrá proveerle de un certificado de sanidad. Obtener la aprobación de la CITES es el primer paso a seguir, y una vez que obtenga dicha aprobación requerirá el permiso de entrada emitido por la Autoridad Nacional del Ambiente.
CITES: Obtener la aprobación de la CITES es el primer paso crítico. Su página Web (http://www.cites.org) describe su función como: “Todas las especies que se importen, exporten o reexporten introducidas desde el mar se encuentran amparadas por la Convención y tendrá que ser autorizado mediante un sistema de concesión de licencias”. Existen dos (2) tipos de especies, de acuerdo a su potencial de extinción que la CITES desea proteger:
- Especies en peligro de extinción: El comercio de especímenes bajo ésta condición solo se permitirá bajo circunstancias excepcionales.
- Especies no necesariamente en peligro de extinción: En éste caso entran las especies que aún no se consideran en peligro de extinción pero su comercio debe ser controlado a fin de evitar una utilización incompatible con su supervivencia.
A continuación mostramos los documentos que deberá entregar para obtener la aprobación por parte de la CITES, basado en la clasificación señalada anteriormente:
Especies 1:
- Se requiere un permiso de importación emitido por la Autoridad Administrativa del Estado. Este será emitido exclusivamente siempre que el espécimen no vaya a usarse para fines primordialmente comerciales y si la importación será para fines que no vayan a ser perjudiciales para la supervivencia de la especie. En el caso de un animal vivo o de una planta, la autoridad científica debe estar convencida de que el destinatario cuenta con los equipos necesarios para brindarle un albergue adecuado y los cuidados necesarios.
- Un certificado de permiso de exportación o re-exportación emitido por la Autoridad Administrativa del Estado también será requerido. El permiso de exportación será emitido solamente si el espécimen fue legalmente obtenido y si el comercio no será perjudicial para la supervivencia de la especie y si el permiso de importación ya fue emitido. El certificado de re-exportación será emitido solamente si el espécimen fue importado de conformidad con las disposiciones de la Convención y en el caso de un animal vivo o planta siempre que el certificado o permiso de importación haya sido emitido. En el caso de un animal vivo o una planta, éste debe preparado y enviado para minimizar los riesgos de heridas, deterioro de su salud o maltrato.
Especies 2:
- El Certificado de permiso de exportación o reexportación emitido por la Autoridad de Administración del Estado será requerido. El permiso de exportación solo podrá ser emitido si el espécimen fue legalmente adquirido y si la exportación no resulta perjudicial para la supervivencia de la especie. El certificado de reexportación podrá ser emitido solamente si el espécimen fue importado de conformidad con lo establecido por la Convención.
- En el caso de un animal vivo o planta, éste debe ser preparado y enviado minimizando los riesgos de heridas, deterioro de su salud o maltrato.
- No se necesita un permiso de importación a menos que sea requerido por la ley nacional.
Tal como ha podido ver, la CITES mantiene estrictas regulaciones con el fin de proteger a las especies exóticas. Conocer éstas requerimientos antes de comenzar su proceso de solicitud podría resultar valioso para la obtención de su permiso.
Resumiendo éste artículo, traer su gato o perro a Panamá es un procedimiento estándar, siempre y cuando su médico veterinario le proporcione los documentos apropiados. Para el caso del traslado de mascotas exóticas, por el contrario, requerirá la aprobación de una organización internacional y una agencia panameña creada para proteger su medio ambiente natural.
Si Usted está interesado en reubicarse o en establecer su residencia legal en Panamá, por favor póngase en contacto con nosotros y gustosamente le brindaremos un servicio personalizada en nuestras oficinas de International Relocation Firm, o si lo prefiere, podremos informarles nuestras tarifas en el servicio de asistencia en los trámites de inmigración para su mascota.