Muchos extranjeros vienen a Panamá con la finalidad de iniciar casinos ubicados dentro de las instalaciones de numerosos hoteles localizados alrededor de toda Panamá.
Aunque éste pueda ser un negocio lucrativo y rentable, si no es fundado o administrado adecuadamente, la inversión completa pudiera ser muy riesgosa. Al igual que en muchos Países preocupados por personajes oscuros o a partir de las inversiones capitalizadas mediante la formación de Casinos en Panamá, existen reglas y regulaciones que evitan que éstos eventos ocurran.
La Ley 2 de 1998, estableció el Departamento de Juegos en el Ministerio de Economía y Finanzas para controlar los casinos y la emisión de sus permisos de operación.
El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá, enumera los siguientes requerimientos para estar en capacidad de iniciar un Casino en Panamá:
- 1. Otorgar un Poder a un Abogado y presentar la solicitud de licencia a través del Abogado Panameño. La Solicitud debe acompañarse de:
- Nombre del Solicitante.
- Ubicación de la Sala de Juegos.
- Entregar un Plan de Negocios que indique el número de salas en las cuales el solicitante pretenderá operar y sus localizaciones, así como la cantidad y el tipo de mesas de apuestas y máquinas traga-monedas tipo A que operará el Casino.
- Nombres de las personas directas o indirectamente relacionadas en la transacción propuesta, y la naturaleza de tales intereses (tal información incluye los datos de los accionistas, directores, funcionarios, representantes legales de la compañía en caso de tratarse de una sociedad.)
- Información completa sobre los antecedentes personales, criminales, comerciales y financieros, así como los aspectos más relevantes de cada director, funcionario, gerentes, accionistas que poseen el 10% de participación o más de acciones de la sociedad que solicita la licencia, y cualquier otro personal que en opinión del Director de Juegos tenga algún rol fundamental o relación significativa con la transacción propuesta, la cual abarca un período de 10 años antes de la fecha de presentación de tal solicitud.
- Entregar los documentos debidamente autenticados proporcionados por la entidad y de cumplimiento de la entidad legal, o certificando la identidad en caso de tratarse de una persona natural.
- Proporcionar la información de la estructura financiera de la entidad legal, incluyendo la lista de acciones en circulación.
- Presentar un Certificado expedido por el Secretario de la Sociedad indicando el nombre de cada uno de los accionistas.
- Presentar un Certificado emitido por el Secretario de la Sociedad, en el cuales se liste todos los préstamos, hipotecas, fideicomisos, gravámenes y obligaciones pendientes de pago.
- Entregar una Certificación firmada por el Secretario de la Sociedad en la cual se enumeren las personas cuyos beneficios, salarios u honorarios corresponden a las 10 nóminas más altas, sean o no consejeros, funcionarios o empleados de la empresa solicitante de la licencia.
- Indicar el procedimiento utilizado o a usar para otorgar bonos o reparto de utilidades.
- Entregar copias de todos los contratos y sub-contratos relacionados con la actividad propuesta.
- Presentar Estado de Cuentas de Ingresos debidamente certificado por un Contador Público Autorizado, de los últimos tres (3) períodos fiscales que preceden a la fecha de solicitud.
- Copia de las Declaraciones de Impuestos de los últimos tres (3) períodos y Estado de Ingresos Estimado.
- Formulario para la investigación de archivos emitidos por la Junta de Control de Juegos, para aquellos que ocupan posiciones de confianza, incluyendo directores, funcionarios y accionistas.
GASTOS GUBERNAMENTALES:
La Junta de Control de Juegos de Panamá establecerá un honorario mínimo por mes. Si el casino se encuentra en un área designada, pagará ya sea el monto de comisión mínimo o el 10% de sus ganancias brutas mensuales, lo que sea mayor.
Si el Casino está localizado fuera del área designada, pagará el 10% de sus ingresos.
Por favor Contáctenos en caso de requerir asistencia legal en sus trámites de Negocios de Juegos de Azar, Casinos o Reubicación en Panamá.