International Relocation Firm, podrá asistirlo en el trámite y procesamiento de una Visa de Turista en Panamá.
Esta es una visa formal, la cual deberán solicitar las personas con ciudadanías de aquellos países que no posean permiso para entrar con una tarjeta de turista simple.
El Servicio Nacional de Migración emitirá la visa de turista válida por un período no mayor a noventa (90) días, siempre que los extranjeros solicitantes cumplan los requisitos migratorios establecidos en los acuerdos internacionales ratificados por el Gobierno de la República de Panamá y con los principios de reciprocidad.
Un extranjero podrá solicitar la Visa de Turista en Panamá siempre y cuando entregue la siguiente documentación:
- Completar el formulario de solicitud de Visa de Turista en Panamá.
- Presentar original y copia completa del pasaporte con una vigencia de al menos tres (3) meses previo al vencimiento.
- Reserva del Pasaje de vuelta certificado por la aerolínea que lo emite, mediante ticket o boleto electrónico.
- Copia de la Tarjeta de Identificación o tarjeta de residencia del País donde el solicitante reside.
- Tres (3) fotografías.
- Pago de los servicios migratorios por la suma de cincuenta ($50.00) Dólares Americanos al momento de entregar la solicitud en el Servicio Nacional de Migración.
- Prueba de solvencia económica durante el tiempo de estadía en Panamá por un mínimo de Quinientos ($500.00) Dólares Americanos comprobables mediante cualquiera de los siguientes instrumentos:
- Cheque o giro bancario debidamente certificado a nombre del solicitante.
- Cheques de Viajero a nombre del solicitante.
- Estado de cuenta bancario de la cuenta del solicitante de los últimos tres meses que reflejen el saldo disponible.
- Tarjeta de Crédito con su respectivo estado de cuenta del último mes, que refleje el saldo disponible.
- Constancia de empleo con copia de los últimos recibos de pago o constancia de trabajo por cuenta propia.
- Carta de referencia bancaria en caso de que el solicitante se dedique al comercio.
- Carta o referencia emitida por un Contador Público que certifique la solvencia económica del solicitante.
- Cualquier otro documento que permita al Servicio Nacional de Migración demostrar los ingresos del solicitante.
- Muestra de las actividades que el turista llevará a cabo, tales como:
- En el caso de ser un empleado público o privado: constancia de empleo con los últimos recibos de pago de salario o certificación de ingresos en el caso de ser trabajador independiente.
- En el caso de un pensionado o jubilado: documento que pruebe ser un jubilado o pensionado con los recibos de pago correspondientes.
- Si es independiente: declaración de impuestos del último período fiscal.
- En el caso de un estudiante: certificación emitida por el centro educativo mediante la cual se haga constar que cursa estudios y se informe el período vacacional. El tiempo de vacaciones debe estipular el tiempo que le fuera otorgado para viajar.
- En el caso de una persona dependiente económicamente: declaración jurada de algún pariente que se responsabilice por su estadía durante el tiempo del viaje; certificación de los vínculos familiares y prueba de solvencia económica.
- Copia del último permiso que le fuera aprobado al solicitante por la autoridad migratoria de Panamá. (Si aplica)
- Reserva hotelera confirmada (Si aplica)
- Declaración jurada de la persona que lo invita, en cuyo caso podrá ser realizado por:
- Residente temporal o permanente en Panamá, o ciudadano panameño, y deberá incluir la siguiente documentación:
1.) Documento de identificación del País de origen.
2.) Copia del Pasaporte y de la tarjeta de identificación del extranjero
3.) Copia de recibos de pago por la prestación de servicios públicos, donde se refleje la dirección de residencia del responsable.
- Representante legal de entidades públicas o privadas. En caso de ser una entidad pública, deberá presentar una carta de invitación. En el caso de ser un ente privado, deberá incluir los siguientes documentos:
1.) Certificación del Registro Público.
2.) Copia de la Licencia Comercial.
3.) Copia de los recibos de pago de servicios públicos, que indiquen la dirección de la oficina.
PROCEDIMIENTO PARA LA EXTENSION DE LA VISA DE TURISTA EN PANAMA.
Los extranjeros que ingresan a Panamá como turista y a quienes se les haya otorgado una visa de turista por un plazo menor a los noventa (90) días, previa autorización del Director General del Servicio Nacional de Migración y antes del vencimiento de la visa de Turista de Panamá, podrán solicitar personalmente o a través de un abogado o representante legal, una extensión del plazo de la Visa hasta completar los noventa (90) días de estadía.
Los solicitantes de extensión de visa de turista deberán entregar la siguiente documentación:
- Solicitud de extensión de visa de turista en Panamá.
- Fotocopia completa del pasaporte, cuya vigencia mínima debe ser de tres (3) meses.
- Copia del boleto aéreo o ticket electrónico.
- Reservación de hotel (Si aplica)
- Justificación y explicación del motivo por el cual solicita la extensión de la Visa de Turista.
- Deberá demostrar solvencia económica para hacerse cargo de su manutención durante su estadía en Panamá, la cual no podrá ser inferior a quinientos (500) dólares, y deberá ser demostrada a través de los siguientes instrumentos:
- Cheque o giro bancario certificado a nombre el solicitante.
- Cheques de Viajero a nombre del solicitante.
- Estados de Cuenta bancarios de los últimos tres (3) meses que reflejen el saldo disponible, certificados por el Banco emisor.
- Estado de cuenta de los últimos tres (3) meses de una tarjeta de crédito, donde se refleje el saldo disponible.
- Declaración jurada emitida por la persona que hace la invitación (Si aplica), la cual podrá ser realizada por:
o Residentes temporales – permanentes o panameños, de los cuales se deberá entregar lo siguiente: Documento de identificación del país de origen, copia del pasaporte y de la tarjeta de identidad del extranjero, copia de un recibo de pago de algún servicio público, en el que se muestre su dirección de residencia.
o Representante legal de algún ente público o empresa privada. En el caso de un ente público, deberá ser entregada una carta de invitación, y en el caso de una compañía de carácter privado, será necesario lo siguiente: Certificado del Registro Público, copia del aviso de operaciones, copia de las claves de operación, copia de recibos de pago de los servicios públicos en los que se muestre la dirección de la empresa.
- En el caso de aplicarse el numeral anterior, donde quienes invitan se hacen responsables, a excepción de empresas públicas, se deberá entregar prueba de solvencia económica, a través de algunos documentos tales como:
➢ Carta de referencia bancaria.
➢ Declaración de Impuesto con su Paz y Salvo.
➢ Carta de trabajo con su último recibo de la Caja del Seguro Social.
➢ En caso de asumir los gastos de los invitados, el anfitrión deberá entregar la declaración jurada donde se comprometa a asumir los gastos de manutención correspondientes durante su estadía e incluso su repatriación (Si fuera necesario)
CAMBIO DE STATUS DE VISA DE TURISTA EN PANAMA
SOLICITUD DE PRORROGA PARA EL CAMBIO DE STATUS MIGRATORIO
Los extranjeros que ingresen a Panamá como turistas podrán solicitar una extensión por un plazo de sesenta (60) días, sujeto a la aprobación del Director General del Servicio Nacional de Migración, siempre que se justifique el cambio de categoría migratoria.
Esto aplicará solo para solicitantes del permiso de residencia temporal o residencia permanente que carecen de algún requisito para hacer el proceso de solicitud.
Esto debe ser solicitado por un abogado apoderado en un lapso no menor a diez (10) días hábiles previos al vencimiento de la estadía como turista.
Los extranjeros interesados en reubicarse o en obtener la residencia legal en Panamá, pueden ingresar primero como turista, y posteriormente dirigirse a la oficina de Migración de Panamá para cambiar su status migratorio. Al solicitar ésta prórroga, el extranjero deberá presentar documentos que sirvan de testimonio para probar ésta petición. Para ser aprobada la extensión del plazo, el solicitante deberá pagar la suma de Doscientos cincuenta (250.00) dólares americanos y consignar un depósito por Quinientos (500.00) dólares a favor del Servicio Nacional de Migración.
El depósito de garantía será reembolsado una vez que se entreguen todos los documentos solicitados en el plazo establecido. Si no se cumple en el lapso correspondiente, la garantía será depositada en un Fondo Fiduciario de Inmigración, y el solicitante deberá abandonar el País de inmediato.
EXTENSION PARA PASAJEROS O TRIPULANTES EN TRANSITO
Ante situaciones y circunstancias imprevistas de pasajeros o tripulantes en tránsito, el Servicio Nacional de Migración estaría dispuesto a ofrecer una extensión de la estadía por setenta y dos (72) horas, la cual se honraría mediante una tarjeta de transito al pasajero.
Dicha tarjeta será solicitada por la empresa de transporte bajo su responsabilidad a un costo de cinco (5.00) dólares y se deberá verificar que en efecto se produjo una circunstancia imprevista y garantizar en el lapso correspondiente la salida del pasajero o tripulante.
Si usted está interesado en reubicarse o establecer la residencia legal en Panamá, por favor contáctenos y gustosamente le brindaremos un servicio personalizado en las oficinas de nuestra firma International Relocation Firm, o también le proporcionaremos un presupuesto de gestión para la realización del trámite de Visa de Turista.