International Relocation Firm puede asistirle en el trámite de solicitud de la Visa de Corta Estancia en Panamá.
Los extranjeros que ingresan a Panamá y que no tienen definida su residencia podrán aplicar por la solicitud de la Visa de Corta Estancia en Panamá siempre y cuando cumplan con las formalidades establecidas en el Artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para el numeral 4) y el Artículo 17 de la presente regulación. Del mismo modo, el extranjero deberá justificar el motivo de su estadía, la cual no podrá ser superior a nueve (9) meses y tampoco podrá ser extendida cuando ésta alcance tu término.
Existen siete (7) modalidades para optar a éste programa de Visa, las cuales nos permitimos mencionar en lo sucesivo:
VISA DE CORTA ESTANCIA POR NEGOCIOS
Los extranjeros que ingresen a Panamá con la finalidad de establecer negocios subsidiarios en la República de Panamá, podrán solicitar la Visa de Corta Estancia por Negocios, presentando a través de las autoridades migratorias de Panamá en el extranjero los siguientes documentos, previos a su visita a Panamá:
- Esta Visa será solo disponible para personas que demuestren una solvencia económica de al menos cinco (5) cifras. En otras palabras, que cuenten con un mínimo de diez mil ($10,000) Dólares Americanos.
- Solicitud de Visa de Corta Estancia por Negocios.
- Documentación que demuestre el propósito del viaje de negocio y las características de su estadía.
- Certificado de Registro de la empresa en el extranjero y su posibilidad de establecer subsidiarias.
- Copia del Pasaporte con una vigencia no menor a tres (3) meses, certificado por el Consulado de Panamá en el país de origen (En caso de que lo haya).
- Copia del boleto aéreo o ticket electrónico debidamente pagado y la continuación a otro País.
- Copia del Documento de Identidad Nacional o de otro documento de identificación que posea foto emitido por el País donde reside el solicitante.
- Tres (3) fotografías tamaño pasaporte del solicitante
- Copia de la Reservación Hotelera confirmada (Si Aplica)
VISA DE CORTA ESTANCIA EN PANAMA POR VISITA A FAMILIARES
Los extranjeros que ingresan a Panamá con la finalidad de visitar a sus esposos, parientes consanguíneos en orden ascendente o descendente, parientes colaterales en la línea de segundo grado de consanguinidad, siempre que se demuestre su afinidad consanguínea con un ciudadano panameño o con un residente temporal o permanente, podrán aplicar a la solicitud de la Visa de Corta Estancia por Visita a Familiares. Adicional a los requisitos mencionados en el Artículo 46 de ésta regulación, el solicitante deberá entregar:
- Solicitud de Visa de Corta Estancia.
- Certificado de Parentesco.
- Pago de los honorarios por servicios migratorios realizados por la cantidad de Cien ($100) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Depósito de garantía por la suma de quinientos ($500) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Copia del pasaporte del solicitante, el cual deberá tener una vigencia no menor a tres (3) meses.
- Copia del boleto aéreo señalando la continuidad a otro País.
- Copia del documento de identidad nacional o de cualquier otro documento de identificación que posea fotografía, emitido por el país donde reside el solicitante.
- Tres (3) fotografías tamaño pasaporte del solicitante.
- Copia de la Reservación Hotelera confirmada. (Si aplica)
Nota: En el caso de un menor de edad, la visa debe ser solicitada por un pariente consanguíneo al ciudadano panameño o al residente legal.
VISA CORTA ESTANCIA EN PANAMA PARA INVESTIGADORES Y CIENTIFICOS.
Los extranjeros que ingresen a Panamá para desarrollar actividades sin fines de lucro tales como: intercambio estudiantil, misiones educativas, culturales o de salud, científicas, de investigación y de estudios, podrán solicitar la Visa de Corta Estancia para Investigadores y Científicos en Panamá.
La Visa de Corta Estancia para Investigadores y Científicos se ofrecen en virtud de algunos convenios con el Estado y entre embajadas o legislaturas, los representantes legales y de negocios de carácter extranjero y de empresas, instituciones gubernamentales, instituciones educativas o de organizaciones no gubernamentales reconocidas como tales por las leyes Panameñas.
Adicional a los requisitos mencionados en el Artículo 46 de éste reglamento, el solicitante deberá entregar los siguientes documentos:
- Solicitud de Visa de Corta Estancia.
- Carta de la institución educativa o gubernamental, no gubernamental que posea sede en Panamá, la cual deberá certificar la actividad que el extranjero realizará durante su estadía en Panamá.
- Constancia en caso de la que empresa, institución educativa o cualquier otro ente emita una Beca a favor del solicitante (Si aplica)
- En el caso de las asociaciones u organizaciones no gubernamentales, ésta entidades necesitarán registrarse en el Ministerio de Gobierno y Justicia.
- Deberá realizarse el pago de honorarios gubernamentales por servicios migratorios por la suma de cien ($100) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Copia del Pasaporte del Solicitante, cuya vigencia no podrá ser menor a tres (3) meses.
- Copia del boleto aéreo reflejando la continuación a otro País.
- Copia de la Tarjeta de Identidad Nacional o de otro documento de identificación que posea foto y que haya sido emitido en el País de residencia del solicitante.
- Tres (3) fotografías tamaño pasaporte del solicitante.
- Copia de la confirmación de la Reservación Hotelera. (Si aplica)
Nota: En caso de que el solicitante sea un menor de edad, la solicitud deberá ser realizada por un pariente consanguíneo, o un ciudadano panameño o residente legal.
VISA DE CORTA ESTANCIA POR TRATAMIENTO MEDICO EN PANAMA
Los extranjeros que ingresen a Panamá podrán solicitar la Visa de Corta Estancia por Tratamiento Médico en Panamá una vez que sea verificado que el solicitante efectivamente se encuentra bajo tratamiento médico en algún hospital, clínica pública o privada y cuya estadía no exceda los nueve (9) meses.
Además de los requisitos mencionados en el Artículo 46 de éste reglamento, el solicitante deberá entregar los siguientes documentos:
- Solicitud de Visa de Corta Estancia.
- Constancia médica emitida en el País de origen, la cual certifique la enfermedad o dolencia del paciente, debidamente firmada y sellada por el médico tratante, el cual deberá identificarse con su número de licencia de médico.
- Constancia emitida por el hospital o clínica en Panamá, en la cual deberá certificarse que el paciente será hospitalizado o recibirá tratamiento ambulatorio, incluyendo el nombre del médico que realizará los cuidados correspondientes y especificando los detalles de la enfermedad, duración del tratamiento a aplicar y el costo aproximado del mismo.
- Prueba de solvencia económica del solicitante o del familiar residente o de la persona que acompañe al solicitante.
- Deberá realizarse el pago de honorarios gubernamentales por servicios migratorios por la suma de cien ($100) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Inmigración.
- Copia del Pasaporte del Solicitante, cuya vigencia no podrá ser menor a tres (3) meses.
- Copia del boleto aéreo reflejando la continuación a otro País.
- Copia de la Tarjeta de Identidad Nacional o de otro documento de identificación que posea foto y que haya sido emitido en el País de residencia del solicitante.
- Tres (3) fotografías tamaño pasaporte del solicitante.
- Copia de la confirmación de la Reservación Hotelera. (Si aplica)
VISA DE CORTA ESTANCIA EN PANAMA EN CALIDAD DE COMERCIANTES E INVERSIONISTAS – BAJO LEYES ESPECIALES.
Los extranjeros que ingresen a Panamá con la finalidad de analizar posibilidades para el establecimiento de inversiones o para realizar transacciones en el área de procesamiento de alimentos para la exportación, centros de llamadas, o áreas especiales designadas para el desarrollo de la industria audiovisual y cinematográfica, podrán solicitar la Visa de Corta Estancia como Comerciantes e Inversionistas bajo Leyes Especiales, por el plazo establecido y las condiciones estipuladas en la Ley 25 de 1992.
Adicional a los requerimientos establecidos en el Artículo 46 de éste reglamento, el solicitante deberá entregar:
- Solicitud de Visa de Corta Estancia.
- Carta de Referencia Bancaria emitida por una Institución Financiera Bancaria reconocida internacionalmente el cual refleje un ingreso mensual de al menos un mil ($1,000) Dólares Americanos.
- Copia del boleto aéreo reflejando la continuación a otro País.
- Copia del Pasaporte del Solicitante, cuya vigencia no podrá ser menor a tres (3) meses.
VISA DE CORTA ESTANCIA EN PANAMA PARA EL SECTOR BANCARIO
El extranjero que quiera ingresar a Panamá con la finalidad de dar o recibir entrenamiento, asistir a reuniones, convenciones, talleres, seminarios, cursos, pasantías, auditorias, fiscalizar programas y procedimientos en instituciones bancarias que tengan licencia general, internacional o de representación podrá aplicar a este tipo de Visa de Corta Estancia para el Sector Bancario.
Además de los requisitos establecidos en el Artículo 46 de éste reglamento, el solicitante deberá entregar los siguientes documentos:
- Solicitud de Visa de Corta Estancia en Panamá.
- Carta emitida por el Banco certificando el desarrollo del solicitante en el Sector Bancario, firmado por el representante legal del Banco.
- Carta de responsabilidad (Si Aplica)
- Certificación del Registro Público de la Institución Bancaria.
- Certificación emitida por la Superintendencia de Bancos indicando el tipo de licencia que posee el Banco.
- Copia del Diploma Educativo o de la idoneidad del solicitante extranjero.
- Recibo de pago de los honorarios gubernamentales por servicios migratorios por la suma de doscientos cincuenta ($250) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Depósito de Garantía por la suma de Quinientos ($500) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Inmigración.
- Copia del Pasaporte del Solicitante, cuya vigencia no podrá ser menor a tres (3) meses.
- Copia del boleto aéreo reflejando la continuación a otro País.
- Copia de la Tarjeta de Identidad Nacional o de otro documento de identificación que posea foto y que haya sido emitido en el País de residencia del solicitante.
- Tres (3) fotografías tamaño pasaporte del solicitante
- Copia de la Reservación Hotelera confirmada (Si Aplica)
Nota: En caso de que el solicitante sea un menor de edad, la solicitud deberá ser realizada por un pariente consanguíneo, o un ciudadano panameño o residente legal.
Si Usted está interesado en reubicarse o en solicitar una visa para Panama, por favor contáctenos y gustosamente le brindaremos una consulta personalizada en las oficinas de PANAMA OFFFSHORE LEGAL SERVICES y también le informaremos las tarifas y honorarios para asistirlo en el trámite de la solicitud de la Visa de Corta Estancia en Panamá.